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Vado permanente: qué es, cuánto cuesta y cómo se solicita

El vado no es el cartel: es el expediente municipal que hay detrás. Esa diferencia es la que decide si la grúa se lleva al coche que te ha tapado la salida o si te dicen que no pueden hacer nada. Aquí está todo lo que hace falta saber, sin remitirte a la web del ayuntamiento en cada párrafo.

Actualizada el 29 de julio de 2026. La escribimos y la revisamos nosotros; si ves algo mal, dínoslo.

Qué es exactamente un vado

Un vado es una licencia municipal que autoriza a cruzar la acera con un vehículo para entrar y salir de un inmueble. Eso es todo lo que es, y conviene tenerlo claro porque casi todos los malentendidos vienen de aquí.

La acera es dominio público. Tú no tienes derecho a atravesarla con el coche por el hecho de tener un garaje detrás: necesitas que el ayuntamiento te autorice a hacerlo, y a cambio de esa autorización pagas una tasa anual. La contrapartida es la que a todos nos interesa: mientras el vado esté vigente, nadie puede estacionar delante, y si lo hace, la autoridad municipal puede ordenar la retirada del vehículo.

La palabra «permanente» no significa que sea para siempre. Significa dos cosas:

  • Que el derecho de paso está vigente las veinticuatro horas, frente a los vados de horario limitado que algunos municipios conceden a comercios y talleres para carga y descarga en franjas concretas.
  • Que se renueva año tras año mientras pagues la tasa y no cambien las circunstancias. Si dejas de pagar o el local deja de usarse como garaje, el ayuntamiento puede revocarlo.

Vado, badén y rebaje: no son lo mismo

En la calle se usan como sinónimos y no lo son. El rebaje es la obra física: la acera bajada para que el coche pueda subir. El vado es el permiso. Puedes tener la acera rebajada de una obra antigua y no tener vado concedido, y en ese caso el rebaje no te da ningún derecho: legalmente estás igual que el vecino que no tiene nada. Y al revés, en calles sin bordillo o con acera al mismo nivel puede haber vado concedido sin ninguna obra.

Quién lo concede y qué hace falta

Lo concede el ayuntamiento, siempre. No hay ninguna normativa estatal que regule los vados: cada municipio tiene su propia ordenanza, y por eso las respuestas cambian de un pueblo al de al lado. Lo que sí es común a todos es el marco: la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local y el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales son los que permiten a los ayuntamientos cobrar una tasa por el aprovechamiento especial del dominio público, que es exactamente lo que es cruzar la acera con el coche.

Los requisitos que se repiten en prácticamente todas las ordenanzas son estos:

  • Un ancho mínimo de acceso, que suele estar entre 2,50 y 3 metros. Por debajo de esa medida muchos ayuntamientos deniegan el vado por considerar que la maniobra sería peligrosa.
  • Que el inmueble tenga uso de garaje o aparcamiento. Un trastero o un local comercial sin esa licencia no da derecho a vado.
  • Que el acceso esté cerrado con puerta o cancela. Una parcela abierta no suele admitirse.
  • Que no haya impedimentos en la vía pública: una parada de autobús, un contenedor fijo, un árbol, una boca de riego o un paso de peatones delante pueden tumbar la solicitud.

Si es una comunidad de propietarios

El vado de un garaje comunitario lo pide la comunidad, no cada propietario. Lo tramita el presidente o el administrador, hace falta el acuerdo de la junta y la tasa se reparte como un gasto común. El número de expediente es uno solo para toda la puerta, por muchas plazas que haya dentro.

Cómo se pide, paso a paso

  1. Comprueba la ordenanza de tu ayuntamiento. Busca «ordenanza reguladora de vados» o «ordenanza de entrada de vehículos» con el nombre de tu municipio. Ahí está todo lo que importa: ancho mínimo del acceso, si exige acera rebajada, si permite al titular aparcar en su propio vado y cómo se calcula la tasa. Dos municipios vecinos pueden tener reglas muy distintas.
  2. Reúne la documentación. Lo habitual: DNI o CIF del titular, escritura o contrato que acredite la titularidad del inmueble, plano o croquis acotado del acceso con el ancho en metros, fotografía de la fachada y, si el local no es una vivienda, la licencia de actividad que justifique el uso como garaje. En comunidades de propietarios lo pide el presidente o el administrador con el acta correspondiente.
  3. Presenta la solicitud. Se hace en el registro del ayuntamiento o en su sede electrónica con certificado digital o Cl@ve. Es un procedimiento administrativo normal: te dan número de expediente y a partir de ahí corren los plazos.
  4. Espera la inspección. Un técnico municipal comprueba sobre el terreno que el acceso existe, que el ancho coincide con el declarado y que no hay ningún impedimento en la vía pública. Si la acera no está rebajada, aquí es donde te lo dirán, y el rebaje suele correr por tu cuenta con su propio permiso de obra.
  5. Paga la tasa y coloca la placa. Con la licencia concedida se liquida la tasa, que después se gira todos los años. La placa lleva el número de expediente y va colocada de forma visible sobre el acceso. Sin ese número, la placa no acredita nada.

Los plazos varían mucho. Entre la solicitud y la concesión suelen pasar de uno a tres meses en municipios medianos, y bastante más en ciudades grandes. Si el ayuntamiento no resuelve en el plazo que marque su ordenanza, lo habitual es que el silencio administrativo sea desestimatorio, es decir, que callarse equivale a decir que no: en materia de dominio público la ley no permite adquirir facultades por silencio. Conviene no dar nada por concedido hasta tener la resolución en la mano.

Cuánto cuesta la tasa

La tasa anual es municipal y se calcula, en casi todas las ordenanzas, con la misma fórmula: metros lineales de acceso × categoría fiscal de la calle × un coeficiente. Por eso un vado de 3 metros en una calle principal puede costar el triple que uno idéntico en una calle de categoría baja del mismo municipio.

Las horquillas que se ven habitualmente en capitales de provincia:

  • Tasa anual: de unos 80 a 300 € para un acceso de vivienda unifamiliar.
  • Tasa de tramitación o alta: se paga una sola vez y suele estar entre 30 y 120 €.
  • La placa: entre 20 y 60 € si la encargas tú; en muchos municipios va incluida en el alta.
  • El rebaje de la acera, si hay que hacerlo: es una obra menor con su propio permiso, y ahí ya hablamos de varios cientos de euros según el ancho y el tipo de pavimento.

No damos importes por ciudad a propósito: cambian cada año con la ordenanza fiscal y publicarlos desactualizados sería peor que no publicarlos. La ordenanza fiscal de tu ayuntamiento es pública y se encuentra buscando «ordenanza fiscal vados» y el nombre del municipio.

La placa: medidas y homologación

La señal de vado es, formalmente, una señal R-308 de prohibido estacionar adaptada. No existe un modelo único estatal: cada ayuntamiento define el suyo en la ordenanza, y por eso las placas cambian de color, de forma y de tamaño de un municipio a otro.

Lo que sí se repite casi siempre:

  • Medidas en torno a 30 × 40 cm o 40 × 60 cm, en chapa o aluminio, con la señal circular de prohibido estacionar.
  • El número de expediente municipal bien visible. Este es el dato importante: es lo que permite a la Policía Local comprobar en un minuto que el vado existe.
  • A menudo, el escudo del ayuntamiento y, en algunos municipios, la matrícula autorizada o el ancho concedido en metros.

«Homologada» en este contexto no significa que exista un sello nacional: significa que se ajusta al modelo que exige tu ordenanza. Una placa comprada en internet con un número inventado no es una placa homologada, es un cartel decorativo con un problema legal detrás.

Antes de comprar una placa

Pregunta primero en tu ayuntamiento si la entregan ellos. Es muy frecuente que sí, con el número ya grabado, y que el importe vaya incluido en la tasa de alta. Comprarla por tu cuenta antes de tener la licencia es tirar el dinero dos veces: por la placa y porque el modelo puede no coincidir.

La línea amarilla del bordillo

Mucha gente cree que la línea amarilla pintada en el bordillo es la que prohíbe aparcar. No es exactamente así: lo que prohíbe es la licencia de vado, y la línea es solo una ayuda visual que algunos ayuntamientos permiten o exigen pintar.

Tres cosas que conviene saber:

  • No la puedes pintar por tu cuenta. El bordillo es dominio público. Pintarlo sin autorización es una infracción en muchos municipios, aunque tengas vado concedido.
  • Sin línea, el vado sigue siendo válido. Si la placa está y el expediente está vigente, la prohibición existe aunque el bordillo esté gris.
  • Con línea pero sin licencia, no vale nada. Una línea amarilla pintada por un particular no crea ningún derecho.

Te han bloqueado la salida

La situación clásica, y el orden en que conviene hacer las cosas:

  1. Haz una foto donde se vean el coche, la matrícula, tu placa de vado con el número de expediente y la fecha. Es la prueba de todo lo demás.
  2. Llama a la Policía Local, no al 112 ni a la Guardia Civil: la retirada de vehículos en vía urbana es competencia municipal. Da el número de expediente del vado, que es lo que agiliza todo.
  3. Espera a que llegue el agente. Es quien tiene que denunciar y, si procede, ordenar la grúa. El coste de la retirada y del depósito lo asume el infractor, no tú.
  4. No muevas el coche ni lo toques. Nada de empujarlo ni de «hacerle sitio»: si le pasa algo, el problema se vuelve tuyo.

¿Y si no tienes vado? Estacionar delante de una salida de vehículos está prohibido igualmente por el Reglamento General de Circulación, pero sin expediente municipal la Policía Local no tiene forma de acreditar que ahí hay un acceso autorizado, y en la práctica muchas veces no retira. Es la razón más habitual por la que la gente acaba pidiendo el vado después de años sin él.

Vados falsos y placas caducadas

Dos situaciones distintas que se confunden a menudo:

La placa sin expediente

Placas compradas por internet y colgadas sin licencia. No prohíben nada, la grúa no viene, y además en bastantes ordenanzas está tipificado como infracción por simular una señalización oficial. Se detecta en un minuto: basta con que el agente compruebe el número.

El vado caducado

Vados que existieron y dejaron de pagarse. La placa sigue en la fachada, pero el expediente está dado de baja, así que el derecho ya no existe. Es más común de lo que parece en locales que cambiaron de uso o de dueño. Si compras un local o una casa con vado, comprueba en el ayuntamiento que el expediente está vivo y a nombre de quien toca, porque las deudas de la tasa acompañan al inmueble.

Calles estrechas y vado de acceso

En calles donde no cabe la maniobra, algunos ayuntamientos conceden lo que se llama vado con reserva en la acera de enfrente: se prohíbe estacionar también en el lado contrario, en el tramo justo, para que el coche pueda entrar y salir. No es automático, se pide expresamente, se justifica con el radio de giro y suele encarecer la tasa.

Si tu problema es que no puedes entrar de una sola maniobra, merece la pena plantearlo en la solicitud desde el principio con un croquis: pedirlo después obliga a abrir un expediente nuevo.

Dar de baja o traspasar un vado

La baja no es automática por dejar de pagar: hay que solicitarla, entregar la placa en la mayoría de municipios y, muy importante, reponer el bordillo a su estado original si el ayuntamiento lo exige. Mientras no se tramite, la tasa se sigue girando aunque el garaje esté cerrado.

El cambio de titularidad por venta o herencia se hace con un trámite propio, normalmente más rápido y más barato que un alta nueva. Es un detalle que se pasa por alto al comprar y que luego da sustos: si el vado sigue a nombre del anterior propietario, los recibos y las notificaciones van a él.

Lo que el vado exige de tu puerta

Aquí es donde el vado y la puerta se cruzan, y es la parte que casi nadie cuenta. Un vado concedido implica que el acceso está cerrado y es practicable. Si la puerta deja de funcionar, aparecen problemas que van más allá de la incomodidad:

  • Una puerta que se queda abierta porque el muelle está roto o el motor no responde deja el garaje sin cerrar. Además del riesgo obvio, en algunas ordenanzas el acceso permanentemente abierto es motivo de revisión del vado.
  • Una puerta que invade la acera al abrir es un problema de seguridad y en inspección puede costarte la licencia. Las batientes antiguas que abren hacia fuera son el caso típico: si te obligan a cambiarlas, la solución habitual es una puerta seccional, que sube en vertical y no invade nada, o una enrollable cuando el techo no da.
  • Una puerta motorizada sin fotocélulas incumple la normativa de seguridad, que es un asunto distinto del vado pero que sale en la misma inspección. Está explicado en la guía de normativa.

Y el caso más frecuente de todos: el coche dentro, la puerta que no abre y la prisa. Si estás ahí ahora mismo, la guía de cómo abrir el garaje sin mando explica el desbloqueo de emergencia según el tipo de motor, y la comprobación que hay que hacer antes de tirar de la puerta para no acabar peor.

¿La puerta no cierra bien y por eso no puedes usar el vado?

Una puerta que se queda a medias o que hay que sujetar para que no se caiga es, además de una avería, un problema con el acceso. Cuéntanos qué hace y te decimos qué debería costar arreglarla.

Preguntas frecuentes sobre el vado

¿Se puede aparcar delante de un garaje sin vado?

Delante de una salida de vehículos no se puede estacionar aunque no haya placa de vado, porque el Reglamento General de Circulación prohíbe estacionar en los accesos a inmuebles señalizados y, sobre todo, obstaculizar la circulación de vehículos. El problema práctico es otro: sin vado concedido, la Policía Local suele negarse a retirar el coche porque no tiene el expediente que acredita el derecho de paso. Por eso el vado no es solo un cartel: es el papel que hace que te manden la grúa.

¿Puedo aparcar yo delante de mi propio vado?

Depende de la ordenanza de tu ayuntamiento y es una de las preguntas donde más se equivoca la gente. Muchos municipios lo prohíben expresamente, con el argumento de que el vado reserva el espacio para el paso, no para el estacionamiento, y de que ocupándolo tú se pierde una plaza para todos. Otros lo permiten solo al titular y a veces exigen que el vado lleve la matrícula. Antes de dar por hecho que puedes, busca «ordenanza de vados» y el nombre de tu municipio.

¿Cuánto cuesta un vado permanente al año?

La tasa es municipal, así que varía mucho: en la mayoría de capitales se mueve entre unos 80 y 300 € al año, calculada por metros lineales de acceso y por la categoría fiscal de la calle. A eso hay que sumar, la primera vez, la tasa de tramitación y el coste de la placa. Las cifras exactas están siempre en la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento, que es pública y se busca en su web.

¿La placa de vado la da el ayuntamiento o la compro yo?

Depende del municipio. En muchos la entrega el propio ayuntamiento con el número de expediente ya grabado cuando concede la licencia, y en otros te dan el número y tú encargas la placa a un fabricante siguiendo el modelo oficial. Nunca compres una placa genérica de internet y la cuelgues sin licencia: una placa sin expediente no tiene ningún valor y en varios municipios es infracción.

¿Me pueden denegar el vado?

Sí. Los motivos más habituales son que el acceso no cumpla el ancho mínimo que exige la ordenanza, que la acera no esté rebajada o no se pueda rebajar, que haya mobiliario urbano o una parada de autobús delante, que la calle sea peatonal, o que el local no tenga licencia de garaje o aparcamiento. Casi todos son subsanables: se rebaja la acera por tu cuenta con permiso de obra, o se acredita el uso del local.

¿Tengo que tener puerta para que me den el vado?

En general sí: la licencia se concede para un acceso de vehículos a un inmueble, y el ayuntamiento comprueba que existe ese acceso y que está cerrado. Un solar sin cerrar o una parcela abierta no suelen dar derecho a vado. En la práctica, cuando alguien pide el vado a la vez que cierra el garaje, se tramitan las dos cosas juntas.

¿Qué pasa si tengo vado y me multan a mí por estacionar mal?

El vado no te da ningún privilegio fuera de tu acceso. Es solo un derecho de paso sobre la acera y la prohibición de que otros estacionen delante. Ni te permite aparcar en doble fila mientras abres, ni invadir el carril, ni ocupar más metros de los concedidos.

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